¿Cuándo son las próximas elecciones?
El 28 de junio de 2009.
¿Qué elijo ese día?
En el partido de Gral. San Martín elegimos 12 concejales y 4 consejeros escolares. Los habitantes de la provincia de Buenos Aires, además, elegimos diputados nacionales y senadores provinciales.
¿Por qué tengo que ir a votar?
El voto es un derecho y una obligación. Mediante él expresás tu voluntad política para elegir a tus gobernantes. La esencia de la democracia es la elección popular de los representantes.
¿Quiénes están obligados a votar?
Todos los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción y naturalizados, desde los dieciocho años de edad cumplidos hasta el mismo día del comicio. Dichos ciudadanos serán incluidos en el padrón electoral. Son ciudadanos argentinos por opción los hijos/as de ciudadano argentino nacido en territorio extranjero que optaron por la ciudadanía argentina.
¿Cuáles son las sanciones por no asistir a votar?
Si el elector no se encuentra dentro de los supuestos enumerados en el punto anterior, o en caso de encontrarse en uno de ellos, no lo prueban suficientemente ante cualquier juez electoral de su distrito dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección, no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección.
¿Qué necesito para ir a votar?
Los documentos habilitantes son:
* la libreta de enrolamiento,
* la libreta cívica, o
* el documento nacional de identidad.
Para saber dónde votás, tenés que consultar el padrón electoral. Nuestro Centro JUI dispondrá del mismo para que te acerques y averigües.
El día de la elección se vota por orden de llegada. El presidente de mesa, una vez que verifica que figurás en el padrón, te entregará un sobre firmado, con el que deberás dirigirte al cuarto oscuro. Una vez allí tenés que elegir la boleta que querés votar y deberás colocarla en el sobre. Una vez afuera el presidente verificará que se trate del mismo sobre y deberás colocarlo en la urna.
Vos tenés derecho a elegir tu(s) candidato(s) de preferencia entre todas las opciones que se presentan. Si en el cuarto oscuro faltan boletas, deberás avisar al presidente de mesa, diciendo solamente "faltan boletas", sin mencionar el partido, ni hacer comentarios políticos.
¿Qué tengo que hacer si perdí mi DNI?
Tenés que tramitar uno nuevo enseguida. Podés hacerlo en el nuevo Centro de Documentación ubicado en San Martín Factory (San Lorenzo e Industria).
RECORDÁ: Si cumpliste 18 años hace poco o si de acá al 28 de junio los vas a cumplir, aseguráte también de haber realizado la renovación del documento a los 16 años.
En la última elección, uno de los datos asentados en mi DNI (Nº de documento, nombre, apellido, domicilio) no se correspondía con el padrón. ¿Qué debo hacer?
Cuando el nombre no coincida exactamente con el que aparece en el padrón, siempre y cuando concuerden el número de documento, año de nacimiento, domicilio, etc. Cuando el nombre figure con exactitud y la discrepancia sea relativa al documento cívico (domicilio, clase de documento, etc.). Cuando el elector exhiba un documento cívico igual o posterior al que consta en el padrón. Por ejemplo, si en el padrón figura LC y el elector se presenta con su DNI; o si figura duplicado y se presenta con triplicado.
¿Si no aparezco en el padrón puedo ser incluido manualmente el día de la elección?
No. Solamente podrás votar si figurás en el padrón. Solamente los presidentes, sus suplentes y los fiscales a quienes corresponda votar en una mesa distinta de aquella en que ejercen sus funciones, podrán hacerlo en la que tienen a su cargo. Ninguna autoridad, ni aun el juez electoral, puede ordenar al presidente de mesa que admita el voto de un ciudadano que no figura inscripto en los ejemplares del padrón electoral.
Si el día de la elección estoy a más de 500 km del lugar en el que me corresponde votar, ¿Qué trámite tengo que hacer para justificar el no voto?
¿Quiénes son las autoridades en una elección?
¿Qué significa votar en blanco, anular el voto o no concurrir a votar?
Para nuestro Código Electoral existen las siguientes categorías de votos:
* Válido: tanto si se inserta en el sobre la boleta de un partido como si se entrega el sobre vacío. En este último caso se denomina voto en blanco.
* Impugnado: antes de emitir el voto, si el presidente de mesa o algún fiscal encuentra algún error en el nombre o documento presentado por el elector, o si de alguna manera éste adelanta el sentido de su voto. Estas impugnaciones son estudiadas y resueltas por la Junta Electoral.
* Nulo: por haber introducido en el sobre cualquier objeto que no sea la boleta de un partido.
Cuando decidimos votar en blanco, anular el voto o no concurrir a votar en realidad estamos votando por el candidato que va a sacar más votos, dado que se actúa no sólo por acción, sino también por omisión.
El voto es la herramienta por excelencia del sistema democrático por medio de la cual el ciudadano manifiesta su conformidad o no con determinados proyectos de gobierno. Si decide votar en blanco, se debe saber que ello significa su desaparición como votante.
En este esquema: ¿cómo se manifiesta mi apoyo a determinado proyecto político?
Si no te sentís representado por ningún partido tradicional, podés optar por la lista de un frente local que priorice la relación entre los concejales y vos, que sos el vecino. En una elección legislativa, la única forma de manifestar tu conformidad con el proyecto que actualmente está haciendo gestión en tu ciudad es mediante la expresión de un voto en positivo por la lista de concejales que éste representa.
